CPC Dionicio Canahua
Uno de los cambios más radicales en el nuevo Plan Contable esta referido a la desaparición de las Cuenta Cargas Diferidas, la cual por definición correspondia a gastos que serian reconocidos en ejercicios futuros, de aquí vamos a rescatar los adelantos de remuneraciones.
Para ello consideramos dos posiciones:
1) ¿Es un gasto a futuro?
Las remuneraciones constituyen un costo o gasto, dependiendo si en algun caso son integradas al costo del activo o enviadas directamente a resultados del período. Es más común reconocerlas como gasto.
Algunas organizaciones conceden un adelanto de remuneraciones a sus trabajadores. En el caso del Plan Contable General Revisado considerabamos un gasto adelantado, por ello su registro como una carga diferida (cuenta 38), que luego se convertira en una carga de personal (cuenta 62).
2) ¿Es una cuenta por cobrar?
Pero en una organización un trabajador solicita un adelanto y este adquiere las condiciones de un prestamo. Aunque los adelantos tienen la peculiaridad de ser por un periodo de cobro muy corto (menos de un mes) y no generan intereses. Esta posición es la que se asumio en el nuevo Plan Contable. Por ello tenemos la siguiente estructura:
14 Cuentas por cobrar al personal, a los accionistas (socios), directores y gerentes
141 Personal
1412 Adelanto de Remuneraciones




Totalmente de acuerdo con el análisis de la naturaleza del adelanto de remuneraciones.
Saludos cordiales
De acuerdo con el comentario del colega Pedro León
Saludos cordiales
[...] ¿Eran cargas diferidas los adelantos de remuneraciones? [...]